situación del mercado
CERRADO
19-03-2024

Prevención

Junta Directiva

  • Gustavo Pulido Medina – Presidente
  • Marco Gasperini Gandino – Vice-Presidente
  • Andrés Octavio Ariznabarreta – Secretario
  • Leonardo Luís Palacios – Director Independiente
  • Jesús Herrera Hernández –  Suplente del Presidente
  • José Gregorio Tineo Nottaro – Suplente del Vicepresidente
  • Gonzalo Alonso Labraga – Suplente del Secretario
  • Luis García Montoya – Suplente del Director Independiente
  • Kevork Adjounian Kyalk – Director Principal
  • Aland Benhur Acosta León – Director Suplente

Presidente:  Gustavo Pulido Medina

Oficial de Cumplimiento :  Reina Isabel Ochoa Díaz

Comité de Prevención de Legitimación de Capitales y Financiamiento al Terrorismo:

  • Gerente de Mercados y Empresas Emisoras: Enrique Rosal
  • Gerente de Administración, Finanzas y RRHH: Juan Carlos Da Silva
  • Consultor Jurídico: Milagro Hernández Cerró

Unidad de Administración de Riesgos de Legitimación de Capitales, Financiamiento al Terrorismo y Financiamiento a la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva y otros Ilícitos:

  • Hugo Rivero
  • Jhoan Urbina

Responsables del Cumplimiento de cada área sensible de riesgo de Legitimación de Capitales, Financiamiento al Terrorismo y Financiamiento a la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva y otros Ilícitos:

  • Gerente de Mercados: Enrique Rosal González
  • Gerente de Administración, Finanzas y RRHH: Juan Carlos Da Silva Pita
  • Consultor Jurídico: Milagro Hernández Cerró
  • Gerente de Empresas Emisoras: José Antonio Coluccio Pereira
  • Gerente de Auditoría Interna: Rosa Dugarte Durán
  • Gerente de Sistemas: Ramiro Pineda Navarro

Diferentes definiciones de Legitimación de Capitales

 Legitimación de Capitales: es el proceso mediante el cual se oculta o disimula la existencia, origen, movimiento, destino o uso de bienes o fondos que tienen una fuente ilícita, para hacerlos aparentar como provenientes de una actividad legítima.

Es la legalización de dinero proveniente de actividades criminales, que buscan entrar en el sistema financiero nacional o internacional, a través de depósitos, colocaciones, transferencias, participaciones o inversiones realizadas por clientes naturales o jurídicos. Utilizando el sistema financiero nacional o internacional, pretenden ocultar el origen de fondos provenientes de estos negocios ilícitos, dándoles apariencia de legalidad. El delito de lavado de activos se desarrolla usualmente mediante la realización de varias operaciones, encaminadas a encubrir cualquier rastro del origen ilícito de los recursos.

En Venezuela, la Unidad Nacional de Inteligencia Financiera de la Superintendencia de Bancos, adscrita al Ministerio del Poder Popular para las Finanzas, define el lavado de dinero como: “Disfrazar activos para ser utilizados sin que se detecte la actividad ilegal que los produjo.”

 

Financiamiento del Terrorismo

 El Financiamiento del Terrorismo es el acto de proporcionar apoyo financiero a terroristas u organizaciones terroristas a fin de permitirles realizar actos de terrorismo.

El Convenio Internacional para la Represión de la Financiación del Terrorismo tipifica el delito de financiación al terrorismo como aquel en que incurre una persona cuando “por el medio que fuere, directa o indirectamente, ilícita y deliberadamente, provea o recolecte fondos con la intención de que se utilicen, o a sabiendas de que serán utilizados, en todo o en parte, para cometer un acto de terrorismo”.

 

Denominaciones

Las legislaciones de los países han empleado múltiples denominaciones para referirse a la legitimación de capitales, entre otras podemos citar:

  • Lavado de Dinero.
  • Money Laundering.
  • Lavado de activos.
  • Reciclaje de Dinero Sucio.
  • Lavado de Capitales Ilícitos.
  • Blanqueo de Activos

 

Organismos Internacionales en materia de Legitimación de Capitales y el financiamiento del terrorismo:


Grupo de Acción Financiera Internacional sobre el Blanqueo de Capitales (GAFI)

Organismo intergubernamental integrado por 37 jurisdicciones miembros y 2 organizaciones regionales, fue creado en la reunión del Grupo de los Siete (G-7) celebrada en 1989, en París; está encargado de elaborar normas de alcance mundial para combatir el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo. Funciona en estrecha colaboración con otros organismos internacionales fundamentales, como el FMI, el Banco Mundial, Naciones Unidas y organismos regionales tipo GAFI.

El objetivo del GAFI es fijar estándares y promover la implementación efectiva de medidas legales, regulatorias y operativas para combatir el lavado de activos, el financiamiento del terrorismo y el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva, y otras amenazas a la integridad del sistema financiero internacional.

Para definir las medidas que los gobiernos nacionales deberían adoptar a fin de aplicar programas eficaces de lucha contra el lavado de dinero, el GAFI emitió una lista de recomendaciones (40 Recomendaciones), las cuales constituyen un esquema internacional de medidas completo y consistente que los países deberían implementar adaptadas a sus circunstancias particulares para combatir estos delitos.

Esta norma internacional fue sometida a una revisión y actualización minuciosa en 2003. Tras los ataques terroristas del 11 de septiembre de 2001, el GAFI amplió su cometido para abordar, además del lavado de dinero, el financiamiento del terrorismo. En una reunión plenaria extraordinaria del GAFI celebrada en Washington en octubre de 2001 se formularon las Ocho Recomendaciones Especiales contra el Financiamiento del Terrorismo (que posteriormente se ampliaron a nueve), una nueva norma internacional destinada a complementar las 40 Recomendaciones.

 

Grupo de Acción Financiera del Caribe (GAFIC)

 El Grupo de Acción Financiera del Caribe es una organización de veinticinco (25) estados de la Cuenca del Caribe, América Central y del Sur, que acordaron implementar contramedidas comunes para abordar el lavado de dinero. Se estableció como resultado de reuniones convocadas en Aruba en mayo de 1990 y Jamaica en noviembre de 1992.

Representantes de países del hemisferio occidental, en particular del Caribe y América Central, se reunieron para desarrollar un enfoque común del fenómeno del delito de lavado de activos. Diecinueve recomendaciones que constituyen este enfoque común fueron formuladas. Estas recomendaciones, que tienen una relevancia específica para la Región, fueron complementarias a las cuarenta recomendaciones originales del Grupo de Acción Financiera (GAFI) establecido por el Grupo de los Siete en la Cumbre de París de 1989.

Venezuela esta incluida en la membresía del GAFIC.

 

Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (GAFILAT)

 El Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (GAFILAT) es una organización intergubernamental de base regional que agrupa a 17 países de América del Sur, Centroamérica y América del Norte. El GAFILAT fue creado para prevenir y combatir el lavado de activos, financiamiento del terrorismo y el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva, a través del compromiso de mejora continua de las políticas nacionales contra estos flagelos y la profundización en los distintos mecanismos de cooperación entre los países miembros.

El GAFILAT apoya a sus miembros en la implementación de las 40 Recomendaciones y en la creación de un sistema regional de prevención contra el lavado de activos y el financiamiento al terrorismo. Las herramientas principales para asistir a los países son las medidas de capacitación y asistencia técnica (a través de la elaboración de guías, informes y documentos de apoyo), y las evaluaciones mutuas.

 

Unidad Nacional de Inteligencia Financiera (UNIF)

La Unidad Nacional de Inteligencia Financiera es la encargada de centralizar, procesar y analizar los Reportes de Actividades Sospechosas (RAS) remitidos por los distintos sujetos obligados designados por la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo y este Decreto, a fin de revelar al Ministerio Público y autoridades de Orden Público, información que pueda evidenciar la posible comisión de hechos punibles y la identificación de sus autores y partícipes, si fuere el caso; así como, la información que requieran para realizar sus investigaciones. De igual manera, en el ejercicio de sus funciones procesará y revelará información de importancia estratégica de naturaleza administrativa de utilidad para la Oficina Nacional Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, Entes y Órganos de Control y el cumplimiento de los fines del Estado en general.

Normas Relativas a la Administración y Fiscalización de los Riesgos de los Delitos de Legitimación de Capitales, Financiamiento al Terrorismo, Financiamiento a la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva y otros ilícitos (Gaceta Oficial Número 42.115)
Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo (Gaceta Oficial Número 39.912)
Ley Orgánica de Drogas (Gaceta Oficial Número 39.546)
Superintendencia Nacional de Valores (SUNAVAL)
Superintendencia Nacional Antidrogas (SUNAD)
Naciones Unidas (ONU)
Grupo de Acción Financiera del Caribe (GAFIC)
Cuentas claras contra la delincuencia organizada