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Publicado el:  14 mayo, 2026
BANCO DEL CARIBE, CA., BANCO UNIVERSAL, (BANCARIBE) HECHO DE IMPORTANCIA PROPUESTA DE AUMENTO DE CAPITAL SOCIAL

AVISO A LOS ACCIONISTAS HECHO DE IMPORTANCIA PROPUESTA DE AUMENTO DE CAPITAL SOCIAL   MEDIANTE EL INCREMENTO DEL VALOR NOMINAL DE LAS ACCIONES DE Bs 1,80 A Bs 10,20 CADA UNA.

INFORME JUNTA DIRECTIVA AUMENTO DE CAPITAL -Asamblea-Extraordinaria junio 2026.pdf

De conformidad con lo dispuesto en la normativa vigente, la Junta Directiva ha considerado pertinente someter a su consideración la propuesta de aumentar el capital social del banco en Bs. 1.397.760.000, para ubicarlo en Bs. 1.697.280.000, mediante el incremento del valor nominal de las acciones, de Bs. 1,80 a Bs. 10,20 cada una.

Esta propuesta da cumplimiento a la reciente Resolución Nro. 010.26 dictada por la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (Sudeban), la cual exige a las instituciones bancarias privadas mantener un capital social mínimo equivalente al 3% del total del activo al cierre del año anterior. Al 31 de diciembre de 2025, el activo total del banco se ubicó en Bs. 56.292.674.978,80, lo que fija el requerimiento mínimo en Bs. 1.688.780.249,40.

De acuerdo con lo dispuesto en esta resolución, el capital social deberá ajustarse con frecuencia anual, durante los primeros seis (6) meses de cada año, mediante: a) aportes en dinero en efectivo con recursos propios de los accionistas; y b) capitalización de utilidades, producto de los saldos de la subcuenta 361.03 “Superávit por Aplicar” mantenidos al cierre del ejercicio económico finalizado el 31 de diciembre del año inmediatamente anterior. Excepcionalmente, y previa autorización de Sudeban, dicho capital social también podrá ser aumentado mediante el saldo mantenido en la subcuenta 361.02 “Superávit Restringido”, bajo los lineamientos dictados por ese Ente Regulador.

En ese sentido, este aumento de capital1 en Bs. 1.397.760.000,00 se propone que sea distribuido así:

1. Bs. 42.832.630,15, con cargo a los recursos recibidos en dinero en efectivo, disponibles en la cuenta 332.01 Primas sobre Aportes de Capital.

2. Bs 1.354.927.369,85 mediante la capitalización de utilidades acumuladas al 31 de diciembre de 2025

      2.1. Bs. 1.110.410.661,73 disponibles solo para aumentos de capital, registrados en la cuenta 361.02 Superávit Restringido producto de la utilidad neta reclasificada de la cuenta 361.03 Superávit por Aplicar.

      2.2. Bs. 244.516.708,12 del neto disponible mantenido en la cuenta 361.03 Superávit por Aplicar.

Al 31 de diciembre de 2025, el saldo neto acreedor de la cuenta 361.02 Superávit Restringido es de Bs. 2.321.380.994,09, de los cuales Bs. 1.165.073.061,73 corresponden al apartado para aumentos de capital establecido en la Resolución Nro. 329.99 del 28 de diciembre de 1999. De ese monto están disponibles Bs. 1.110.410.661,73, netos de Bs. 54.662.400,00 que corresponden a la porción con cargo a esta cuenta del aumento de capital acordado en la asamblea extraordinaria de accionistas celebrada el 13 de marzo de 2025.

Por su parte, del saldo acreedor en la cuenta 361.03 Superávit por Aplicar al 31 de diciembre de 2025, están disponible Bs. 248.809.224,15, neto de la ganancia actuarial y de dividendos aprobados por la Asamblea Ordinaria de Accionistas celebrada el 17 de marzo de 2026.

CUMPLIMIENTO LEGAL Y ESTATUTARIO De conformidad con nuestros Estatutos (Artículo 7) y la Ley, este aumento de capital requiere la autorización de la Sudeban, previa opinión vinculante del Órgano Superior del Sistema Financiero Nacional (OSFIN). Asimismo, dado que nuestras acciones cotizan públicamente, una vez obtenidas estas autorizaciones se procederá con las gestiones correspondientes ante la Superintendencia Nacional de Valores (SUNAVAL) y la Bolsa de Valores.

 REFORMA DEL ARTÍCULO 5 DE LOS ESTATUTOS SOCIALES En consideración de todo lo expuesto, la Junta Directiva somete a su conocimiento y aprobación que se le delegue poder y autorización amplia y suficiente para:

1. Redactar el texto definitivo del artículo 5 de los Estatutos Sociales, a fin de incorporar el nuevo capital social y el nuevo valor nominal de las acciones, sin necesidad de convocar a una nueva asamblea.

2. Inscribir en el Registro Mercantil el acta de la Junta Directiva que deje constancia de estas determinaciones, una vez recibidas las autorizaciones regulatorias correspondientes, y proceder al registro en el Libro de Accionistas del nuevo valor nominal.

3. Realizar todas las actividades y celebrar los actos legales necesarios para la ejecución de las decisiones adoptadas en esta asamblea, facultándola para delegar tales actuaciones en terceros.

La Junta Directiva les manifiesta su agradecimiento por la confianza y el apoyo que siempre le han dispensado.

https://bancaribe-accionistas-blog-prod.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2026/05/Informe-Asamblea-Extraordinaria.pdf

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