PROPUESTA DE DIVIDENDOS
En cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto con rango, Valor y Fuerza de Ley de las Instituciones del Sector Bancario, la Resolución Nro. 329.99 de la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras, del 28/12/1999 (G.O. Nro. 36.859 de fecha 29/12/1999), y del Decreto Ley de Mercado de Valores, y las Normas emanadas de la Superintendencia Nacional de Valores, se propone a la Asamblea repartir dividendos pagaderos íntegramente en acciones, en los siguientes términos y condiciones:
Monto a Repartir: Seis Billones Novecientos Cincuenta mil Trescientos Quince Millones de Bolívares (Bs 6.950.315.000.000,00), para ser pagadas íntegramente en acciones, con valor nominal de Un Bolívar (Bs 1,00) por acción, con cargo a la cuenta de Superávit Restringido.
Las acciones serán comunes, nominativas no convertibles al portador y de una misma clase.
DISTRIBUCION:
NOTA: El dividendo, el Aumento de Capital y el Valor Nominal de las Acciones deberá ser Reexpresado atendiendo a las normas vigentes emanadas del Ejecutivo Nacional, el Banco Central de Venezuela y cualquier otro organismo competente a la fecha de hacerse efectivo el pago.