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Publicado el:  26 March, 2024
BANCO PROVINCIAL S.A., BANCO UNIVERSAL RESULTADO ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS CELEBRADA EL 26 DE MARZO DE 2024

HECHO DE INTERES RESULTADO ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS CELEBRADA EL 26 DE MARZO DE 2024

De conformidad con lo establecido en la Ley de Mercado de Valores y en las Normas relativas a la transparencia de los mercados de valores, hago del conocimiento de la Bolsa de Valores de Caracas que en la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas del Banco Provincial, S.A., Banco Universal, celebrada en esta ciudad de Caracas el día de hoy 26 de marzo de 2024, previa convocatoria de conformidad con la ley, y conforme en un todo con las propuestas presentadas por el Consejo de Administración en su Informe a esa Asamblea Extraordinaria, se tomaron las decisiones siguientes:

PRIMERO: Se aprobó aumentar el capital social del Banco Provincial, S.A., Banco Universal, en la cantidad de Cuatrocientos Treinta y Cuatro Millones de Bolívares (Bs. 434.000.000,00), de la siguiente manera: a) La cantidad de Ciento Setenta y Tres Millones Seiscientos Mil Bolívares (Bs. 173.600.000,00), mediante el pago de un dividendo en acciones con cargo a fondos disponibles mantenidos por el Banco al cierre del segundo semestre de 2023 en la cuenta de “Superávit Restringido”, proveniente estos fondos de utilidades líquidas y recaudadas en ejercicios anteriores, como así se refleja en los estados financieros del Banco Provincial correspondientes al cierre del ejercicio económico finalizado el 31 de diciembre del año 2023, que fueron presentados a la Asamblea General Ordinaria de Accionistas que tuvo lugar con anterioridad en esta misma fecha. Este dividendo en acciones conlleva la emisión de 1.736 millones de acciones con un valor nominal de Bs. 0,10 cada una, que serían distribuidas entre los accionistas en proporción a su participación en el capital social del Banco Provincial. b) La cantidad de Doscientos Sesenta Millones Cuatrocientos Mil Bolívares (Bs. 260.400.000,00), mediante un incremento de capital por ese monto, a ser pagado con aportes en efectivo realizados por los accionistas del Banco. Este incremento de capital estaría representado en 2.604 millones de nuevas acciones comunes, nominativas, no convertibles al portador y con un valor de Bs. 0,10 cada una, que serían suscritas y pagadas en efectivo por los mismos accionistas en proporción a su participación dentro del capital social del Banco Provincial.

SEGUNDO. Se aprobó que Inversiones Baproba C.A., adquiera y pague, en los términos aprobados en la Asamblea Extraordinaria, las fracciones de acciones que se generen con la distribución del dividendo de las 1.736 millones de acciones nominativas correspondientes al aumento de capital por Ciento Setenta y Tres Millones Seiscientos Mil Bolívares (Bs. 173.600.000,00) con cargo al Superávit Restringido y las fracciones de acciones que puedan generarse con ocasión de la suscripción y pago de 2.604 millones de acciones nominativas a emitirse por concepto del aumento de capital por Doscientos Sesenta Millones Cuatrocientos Mil Bolívares (Bs. 260.400.000,00), a ser pagado en efectivo por los propios accionistas.

TERCERO. Se aprobó la reforma del artículo 4º de los Estatutos Sociales del Banco Provincial, S.A., Banco Universal, de acuerdo en un todo con los términos de la propuesta presentada sobre este particular por el Consejo de Administración en el punto segundo de su informe a esta Asamblea General Extraordinaria de Accionistas.

CUARTO. Se aprobó el pago de un dividendo en efectivo por la cantidad de Quinientos Veinte Millones de Bolívares (Bs. 520.000.000,00), con cargo a fondos disponibles mantenidos por el Banco al cierre del segundo semestre de 2023 en la cuenta de “Superávit por Aplicar”, proveniente de utilidades líquidas y recaudadas en ejercicios anteriores. El dividendo en efectivo a repartir representa para el accionista el pago de Bs.0,1955 por cada acción en tenencia, tomando como base el capital autorizado por el Ente Regulador, el cual asciende a la cantidad de Doscientos Sesenta y Seis Millones de Bolívares (Bs. 266.000.000,00), representado en 2.660 millones de acciones con un valor nominal de Bs. 0,10 cada una.

QUINTO: Se delegaron en el Consejo de Administración del Banco las siguientes facultades: a) En cuanto al pago del dividendo correspondiente a los 1.736 millones de nuevas acciones provenientes del aumento de capital por la cantidad de Bs. 173.600.000,00, con cargo a la cuenta Superávit Restringido, la facultad de fijar la “Fecha Límite de Transacción con Beneficio” y la “Fecha Efectiva de Registro del Beneficio” (fecha de pago del dividendo en acciones). b) En cuanto al proceso de suscripción y pago de los 2.604 millones de acciones correspondientes al aumento de capital en efectivo por Bs. 260.400.000,00, la facultad para fijar la “Fecha Límite de Transacción con Beneficio”; la “Fecha de inicio del derecho de suscripción” y la “Fecha de pago de estas acciones”. c) En cuanto al pago del dividendo en efectivo por la cantidad de Bs. 520.000.000,00 con cargo a la cuenta de Superávit por Aplicar, la facultad de fijar la “Fecha Límite de Transacción con Beneficio” y la “Fecha Efectiva de Registro del Beneficio” (fecha de pago del dividendo en efectivo), con la obligación a cargo del Consejo de Administración de cumplir en cuanto a esas delegaciones con lo establecido en las “Normas Relativas a la Información sobre Pago de Dividendos que deben suministrar las Empresas que hacen Oferta Pública de sus Acciones”. En la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas celebrada el 26 de marzo de 2024 se dejó constancia, como así se refleja en el acta 180, que el aumento de capital del Banco Provincial, S.A., Banco Universal y la modificación del artículo 4 de sus Estatutos Sociales, aprobados por esta Asamblea General Extraordinaria de Accionistas, solo podrán realizarse una vez que se solicite y obtenga de la Superintendencia de Instituciones del Sector Bancario las autorizaciones necesarias para ello, previa opinión vinculante del Órgano Superior del Sistema Financiero (OSFIN), conforme a lo establecido en los literales d) y g), del numeral 6 y del último aparte del artículo 171 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Instituciones del Sector Bancario

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