INFORMACIÓN AL MERCADO MONTO EFECTIVO PARA FIJAR PRECIO DE CIERRE
La Junta Directiva en su sesión Nro. 1.679 de fecha 13 de septiembre de 2023, acordó tomar como referencia el Valor Bursátil Caracas (VBC), equivalente a USD. 1,00., para determinar el monto efectivo para fijar precio de cierre en el Mercado de Renta Variable.
Basado en lo anterior, la Junta Directiva en su sesión Nro. 1.705 de fecha 21 de febrero de 2025, considerando las cifras registradas en el Mercado Regular de Renta Variable, acordó revisar periódicamente la fijación del monto para la determinación del precio de cierre y actualización de derecho de registro mínimo.
En tal sentido, la Junta Directiva en su sesión Nro. 1.710 de fecha 12 de junio de 2025, acordó elevar a Bs. 5.000,00 el monto mínimo efectivo para fijar precio de cierre. Por lo tanto, queda entendido que las operaciones cuyo monto efectivo sea menor a Bs. 5.000,00 no marcarán precio de cierre por sí mismas.
Para el caso del cobro del derecho de registro, toda operación cuyo monto efectivo sea menor o igual a Bs. 5.000,00, el monto mínimo será Bs. 5,00 por cada punta.
Los cambios entrarán en producción a partir del lunes 28 de julio de 2025.
Bolsa de Valores de Caracas