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Publicado el:  4 noviembre, 2021
C.A. RON SANTA TERESA, SACA., RESULTADO ASAMBLEA EXTRAORDINARIA CELEBRADA 27/10/2021

ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS

La Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de C.A. RON SANTA TERESA S.A.C.A., celebrada con fecha Veintisiete (27) de octubre del año en curso, se llevó a cabo en la sede social de la empresa, y previa convocatoria de conformidad con la ley, al encontrarse presentes y/o representadas más del 91 % del capital social, se adoptaron las siguientes decisiones.

 PRIMERO: En virtud de la entrada en vigencia el día 1 de octubre de 2021 de la Reconversión monetaria prevista en el Decreto No. 4.553, publicado en la Gaceta Oficial No. 42.185, en fecha 6 de agosto de 2021, y en este sentido se decidió por unanimidad de los accionistas presentes: (i) Aumentar el Capital Suscrito y Pagado de la compañía, con cargo en la partida de las Utilidades No Distribuidas prevista en los estados financieros consolidados auditados de la compañía, al 30 de junio de 2021 de Bs. 9.267.203. A tal fin, los accionistas presentes autorizaron tomar de la partida de Utilidades No Distribuidas prevista en los estados financieros consolidados auditados de la compañía, al 30 de junio de 2021, la cantidad de Bs. 1.154.333; quedando el nuevo Capital Social Suscrito y pagado de la compañía en la cantidad de UN MILLON CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO BOLÍVARES (Bs. 1.154.334), por lo que, el aumento del valor nominal de las acciones en circulación de la compañía pasa de Bs 0,000000004 a Bs 0,004 por acción. En virtud de lo anterior el valor de la acción nominal pasa a re-expresarse de acuerdo al nuevo sistema monetario vigente en CUATRO MILÉSIMAS DE BOLÍVARES (Bs. 0,004) por cada acción.

SEGUNDO: Como consecuencia de la aprobación de la resolución anterior, se aprobó por unanimidad la modificación de la Cláusula 4 del Documento Constitutivo Estatutario relativa al capital social, quedando redactada de la manera siguiente: “ARTÍCULO 4°: El Capital Social pagado a la fecha es de UN MILLÓN CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO BOLÍVARES (Bs. 1.154.334) representado en Doscientas Ochenta y Ocho Millones Quinientas Ochenta y Tres Mil Cuatrocientas Treinta y Siete (288.583.437) acciones nominativas, divididas en Doscientas Ochenta y Cinco Millones Seiscientas Cuarenta y Dos Mil Trescientas Ochenta y Ocho (285.642.388) acciones nominativas Clase “A” y Dos Millones Novecientas Cuarenta y Un Mil Cuarenta y Nueve (2.941.049) acciones nominativas Clase “B”, con un valor nominal de Cuatro Milésimas de Bolívares (Bs. 0,004) cada una. En lo sucesivo cualquier nueva acción proveniente de una nueva emisión, será Clase “B”, salvo que dicha emisión sea el resultado de un ajuste por inflación o de un reparto de dividendos en acciones, casos en los cuales las nuevas acciones se emitirán proporcionalmente en base a la participación y “Clase” del accionista que le corresponderá suscribirlas, o salvo las Acciones que sean suscritas por accionistas titulares de Acciones Clase “A”, las cuales mantendrán la denominación de Acciones Clase “A”.. Asimismo, se indicó a los presentes que, por temas de uniformidad, era preciso la refundición en un solo texto de los estatutos, que incluyera el cambio antes señalado.

TERCERO: La asamblea en pleno aprobó por unanimidad, la emisión de cualquier tipo de obligaciones, obligaciones convertibles, bonos, papeles comerciales, derivativos o títulos de participación hasta por un monto equivalente a una y media (1 1/2) veces del patrimonio de la compañía, considerando la inflación al momento de recibir la autorización para la emisión o su equivalente en moneda extranjera, si la emisión se hiciera en euromercado, en los términos y condiciones que apruebe la Junta Directiva de la compañía, todo de conformidad con lo establecido en el Decreto con rango, valor y fuerza de Ley de Mercado de Valores y las Normas relativas a la oferta pública y colocación de valores y a la publicación de las emisiones.

CUARTO: Se aprobó designar a los representantes comunes provisionales de los obligacionistas y/o tenedores de los títulos valores que se emitan, así como la necesidad de fijar su remuneración. Autorizando delegar en la Junta Directiva la designación de los representantes comunes provisionales de los obligacionistas y/o tenedores de los títulos valores que se emitan y fijarles su remuneración en la oportunidad correspondiente.

QUINTO: Los presentes acordaron en aprobar por unanimidad autorizar a la Junta Directiva de la compañía para que pueda adquirir hasta un quince (15%) de acciones de la compañía, según lo previsto en el artículo 71 Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Mercado de Valores y las Normas relativas a la oferta pública y colocación de valores y a la publicación de las emisiones.

SEXTO: Se decidió por unanimidad autorizar a la Junta Directiva de la compañía para que, en su condición de SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL AUTORIZADO, S.A.C.A., y previo el cumplimiento de las disposiciones vigentes sobre la materia, quede facultada suficientemente para aumentar el capital social. Siendo que la aprobación de este punto es conveniente debido a que (i) por motivo de la inflación en el país, el capital social de la compañía queda rezagado, (ii) considerando el trabajo, el tiempo, y los costos asociados a la celebración de las asambleas necesarias para llevar a cabo los aumentos de capital correspondientes, y (iii) debido al plan de crecimiento patrimonial que la compañía quiere llevar a cabo, a los fines de aprovechar los inmensos beneficios que ofrece el mercado de valores; en virtud de lo anterior, y de la naturaleza de Sociedad de Capital Autorizado de la Compañía, los presentes también aprobaron delegar en la Junta Directiva la posibilidad de aumentar el capital social hasta el doble del patrimonio, de modo que se puedan paliar los bemoles de los puntos (i) y (ii) previamente referidos para así cumplir con el punto (iii) de una manera eficiente desde el punto de vista financiero

Por: C.A RON SANTA TERESA S.A.C.A

Marielys Tovar

Consultor Jurídico

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