Es la acción u omisión de tres o más personas asociadas por cierto tiempo con la intención de cometer los delitos establecidos en LOCDOFT y obtener, directa o indirectamente un beneficio económico o de cualquier índole para sí o para terceros. Igualmente, se considera delincuencia organizada la actividad realizada por una sola persona cuando actuando como órgano de una persona jurídica o asociativa, con la intención de cometer los delitos previstos en dicha Ley.
FUENTE: https://www.interpol.int/es/Delitos/Delincuencia-organizada