“Propuesta de Autorización a la Junta Directiva para la Emisión y Colocación de Obligaciones Quirografarias, Pagarés Bursátiles y/o de Papeles Comerciales que somete la Junta Directiva de Mercantil Servicios Financieros, C.A. a la consideración de la Asamblea General Ordinaria de Accionistas del 25 de marzo de 2025
La Junta Directiva de
Mercantil Servicios Financieros, C.A. con el fin de proveer a las necesidades
de financiamiento de las actividades e inversiones de la Compañía, somete a
consideración de la Asamblea General Ordinaria de Accionistas a celebrarse el 25
de marzo de 2025, lo siguiente:
Autorizar a la Junta Directiva de la Compañía para que, en el lapso de dos (2) años contados a partir de la fecha de la Asamblea, proceda a efectuar una o varias emisiones de Obligaciones Quirografarias, Pagarés Bursátiles y/o de Papeles Comerciales y colocarlos mediante Oferta Pública o Privada en Venezuela. Las características generales de las Obligaciones Quirografarias, Pagarés Bursátiles y/o Papeles Comerciales que se emitan de acuerdo con esta autorización, serán las siguientes:
1. MONTO MÁXIMO DE ENDEUDAMIENTO: Hasta un máximo de TREINTA Y UN MIL MILLONES
DE BOLÍVARES (Bs.31.000.000.000,00) en Obligaciones Quirografarias, Pagarés
Bursátiles y/o en Papeles Comerciales, mediante una emisión total o varias
emisiones parciales, de acuerdo con lo que decida la Junta Directiva.
2. VENCIMIENTO: Las Obligaciones que se emitan de
conformidad con esta autorización, tendrán un período de vencimiento no menor a
TRESCIENTOS SESENTA (360) días ni mayor a SIETE (7) años, para cada una de las
series, contados a partir de la fecha de su emisión, de acuerdo a las
condiciones y características que, en cada caso, determine la Junta Directiva
en la oportunidad de la emisión y que constarán en el correspondiente Prospecto
de Emisión y los Pagarés Bursátiles y/o Papeles Comerciales que se emitan de
conformidad con esta autorización, tendrán un período de vencimiento no mayor
de TRESCIENTOS SESENTA (360) días, ni menor de QUINCE (15) días, para cada una
de las series, contados a partir de la fecha de su emisión, de acuerdo a las
condiciones y características que, en cada caso, determine la Junta Directiva
en la oportunidad de la emisión y que constarán en el correspondiente Prospecto
de Emisión;
3. DESIGNACIÓN DEL REPRESENTANTE
COMÚN PROVISIONAL DE LOS OBLIGACIONISTAS O DE LOS TENEDORES O INVERSIONISTAS DE
PAGA BURSÁTILES O DE LOS TENEDORES DE PAPELES COMERCIALES: la Junta Directiva
queda facultada para designar al Representante Común Provisional de los
Obligacionistas o de los Tenedores o Inversionistas de Pagarés Bursátiles o de
los Tenedores de Papeles Comerciales.
4. DEMÁS CONDICIONES,
TÉRMINOS Y CARACTERÍSTICAS DE EMISIÓN: Las restantes condiciones, términos y
características de las Obligaciones y/o Pagarés Bursátiles y/o Papeles
Comerciales que se emitan de conformidad con esta autorización, incluyendo su
carácter de nominativos o al portador, la convertibilidad de las Obligaciones
en acciones, las garantías reales o personales con que cuente cada serie de
Obligaciones y/o Pagarés Bursátiles y/o Papeles Comerciales, así como las demás
modalidades que adoptarán tanto los títulos como las emisiones y las series,
serán determinadas por la Junta Directiva en cada oportunidad, sin más
limitaciones que las que deriven de esta autorización y de las leyes
venezolanas y constarán en el correspondiente Prospecto de Emisión que a tales
efectos se elabore”.
Caracas, 13 de febrero de 2025
Por Mercantil Servicios Financieros, C.A.
MERCANTIL SERVICIOS FINANCIEROS
Rafael Stern Schechner Secretario Junta Directiva